Curuzú Cuatiá: Bromatología recuerda la prohibición de la venta y uso de la pirotecnia sonora

La Dirección de Calidad Ambiental y Bromatología recuerda a los Señores Comerciantes y Clientes que se encuentra vigente la Ordenanza N° 3.128/18 que expresa en su Artículo 2°: 

“Se prohíbe en toda la ciudad de Curuzú Cuatiá, la tenencia, fabricación, comercialización, depósito, circulación y venta al público, mayorista, minorista, uso particular de todo elemento de pirotecnia y cohetería de tipo explosiva con efecto audible o sonoro, cualquiera fuera su característica y naturaleza, sea este de venta libre o no, y/o fabricación autorizada.”  

Mediante la Resolución N° 66/18 del Departamento Ejecutivo se reglamenta el Art. N° 2 y quedan PERMITIDOS: 

a)    FOSFORITOS.
b)    ESTRELLITAS.
c)    BENGALITAS SIN HUMO.
d)    VOLCAN DE EFECTO LUMINICO.
e)    FUENTES DE EFECTOS LUMINICOS O FUMIGENO.

Para mayor información y ante cualquier duda, presentarse en la Dirección de Calidad Ambiental y Bromatología, en terminal de ómnibus local N° 6.
 

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