Foto: Gentileza
Escucha la entrevista con Pablo Cano director del Registro Provincial de las Personas de Corrientes
De esta manera, los excombatientes tendrán un documento una insignia, según quedó oficializado a través de la Disposición 214 y en consonancia con lo demarcado en el artículo 17 inciso f) de la Ley Nº 17.671.