El municipio donó un terreno para la construcción del Centro de Educación Fisica N° 11


En la sesión del jueves 9 de junio el HCD trató se trató el Expte. N° 5722/2.022 sobre el proyecto de Ordenanza de donar un inmueble al Estado de la Provincia de la Provincia de Corrientes, para la construcción del Centro de Educación Fisca N° 11. El concejal Santini comentó que esta institución ha pasado por varios lugares y actualmente se encuentra en el Club San Lorenzo dónde se practican diferentes actividades para jóvenes y niños y que a su vez pronto se licitará la obra para la construcción del edificio para este Centro por ello la solicitud de donación del inmueble municipal. Expuesto esto la presidente puso a consideración  y fue aprobado unánimemente EN PRIMERA LECTURA, la fecha de la audiencia pública y tratamiento en segunda lectura será notificada por la presidencia.

ORDENANZA APROBADA EN PRIMERA LECTURA
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE CURUZÚ CUATIÁ
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA

Art. 1°.- DONAR al Estado de la Provincia de Corrientes para el Ministerio de Educación, el siguiente inmueble de propiedad de esta Municipalidad de Curuzú Cuatiá:

1. Inmueble identificado en el croquis intitulado "DIVISIÓN DEL LOTE III" DE LA MENSURA N'6186-L.

Art 2°.-IMPONER a la presente donación los siguientes cargos:

1. El inmueble será destinado para la construcción del CENTRO DE EDUCACIÓN FISICA N° 11".

2. En el plazo de 2 (dos) años, a partir de la promulgación de la presente deberá la DONATARIA concluir la obra.

3. La DONATARIA no podrá modificar el fin para el que fue dispuesta la donación

Art. 3.- ESTABLECER que el incumplimiento de los cargos impuestos provocará la revocación automática de la donación, sin otro requerimiento que la notificación por medio fehaciente que el DEM cursará a la DONATARIA quedando facultado para recobrar la propiedad del terreno con todo lo clavado y edificado sin deber de indemnización de ningún tipo.

Art 4°.- ESTABLECER que los gastos notariales y todo otro gasto que demande la escrituración, inscripción y regularización del inmueble sujeto a la presente donación correrá por exclusiva cuenta del Gobierno de la Provincia de Corrientes. 

Art 5°.- De Forma.
 

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