Así lo dispuso el gobierno nacional con la nueva reglamentación, de forma que se trasparenten los procesos de contrato y las ganancias de las partes. Se prevé que los recursos generados a partir de ello se vuelquen a la creación del Programa de Alquiler Social.
“Lo bueno de esta medida sería que esos recursos generados por la registración se vuelquen a la creación del Programa de Alquiler Social y a la apertura de oficinas o Centros de Atención al Inquilino en todo el país, tal como está contemplado en la Ley de Alquileres”, señaló Adrian Canteros, Presidente de la Asociación de Inquilinos de Corrientes, en declaraciones a Radiofmtotal.
Es que ahora, los propietarios de inmuebles que estén alquilados deberán, a partir del 1 de marzo, inscribir los contratos en la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP). Asimismo, se estableció que los contratos celebrados a partir del 1 de julio de 2020 y que continúen vigentes, así como aquellos concretados durante marzo de 2021, gozarán de un plazo excepcional para su registración, hasta el 15 de abril.
En ese contexto, Canteros también resaltó que “en líneas generales, es una buena primera medida para que el Estado logre trasparentar el mercado de los alquileres, porque hoy por hoy, la informalidad prima. Se necesita mayor regulación y presencia de organismos oficiales; quizás este sea un comienzo, pero lo que no queremos es que quede sólo en lo meramente recaudatorio”.
“Con este ordenamiento, es más fácil para el inquilino pedir una factura, tener una constancia del acuerdo que tiene con el propietario”, sostuvo.