Por Radiofmtotal
El Presidente del Consejo Municipal Partidario del Partido Justicialista Miguel Alberto Leyes solicito formalmente se inicie el procedimiento disciplinario correspondiente y se aplique la sanción de expulsión a afiliados que han participado en otras fuerzas políticas sin la debida autorización partidaria.
La solicitud se funda en lo dispuesto por la Carta Orgánica del Partido Justicialista – Distrito Corrientes, que en su Artículo 10 del Capítulo II “De los Afiliados y Adherentes” establece de manera expresa que:
“La afiliación se extinguirá … por la participación del afiliado como candidato a cargo electivo de cualquier naturaleza y nivel, en una lista distinta de la del Partido Justicialista, o de la alianza electoral que éste integre. La Junta de Afiliación y Empadronamiento será responsable de diligenciar inmediatamente ante la justicia la desafiliación de quien o quienes hayan incurrido en las causales aquí previstas.”
Este artículo constituye una causal clara de pérdida de afiliación para quienes participan en procesos electorales o estructuras políticas de fuerzas distintas al Partido Justicialista o a las alianzas en las que actúe orgánicamente.
En virtud de lo anterior, y considerando que los afiliados detallados más abajo incurren en la causal prevista en el artículo citado al haber participado activamente con otras fuerzas políticas, sin autorización partidaria alguna, solicito se evalúe su situación y se proceda conforme a derecho partidario:
Listado de afiliados presuntamente incumplidores:
Longo Eva Haydee – DNI 24.937.766 – Clase 1975 – (Ord. 2083) Curuzu Cuatia – Consejero Titular – participación no autorizada.
Montenegro Ariel Mauricio – DNI 26.895.519 – Clase 1978 – (Ord. 2507) Curuzu Cuatia – Consejero Titular – participación no autorizada.
Sierra, Justo Pio – DNI 14.716.113 – Clase 1962 – (Ord. 3582) Curuzu Cuatia – Afiliado – participación no autorizada.
Juan Duarte Antonio – DNI 16.953.738 – Clase 1964 – (Ord. 1146) Curuzu Cuatia – Afiliado – participación no autorizada.
Solicito que este pedido sea remitido a los organismos competentes (Junta de Afiliación y Empadronamiento y Junta de Disciplina), garantizando el debido proceso partidario.